INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO PARA JUSTIFICACIÓN DE ERTE POR RAZONES ECONÓMICAS O PRODUCTIVAS

Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo o ERTE es un tipo de ERE al que pueden acogerse aquellas empresas que cumpliendo los requisitos legales para hacerlo quieran, con carácter temporal, reducir la jornada laboral o suspender contratos de trabajo de toda o parte de su plantilla de trabajadores con el fin de salvaguardar la viabilidad de la empresa.

Existen dos tipos de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo en función de si se produce la suspensión temporal del contrato de trabajo o bien si se reduce la jornada laboral de los trabajadores afectados.

ERTE de reducción de jornada

El ERTE de reducción de jornada o expediente de reducción de jornada supone para los trabajadores afectados la reducción de su jornada de trabajo durante un tiempo determinado, ya sea reduciendo las horas de la jornada de trabajo diarias, o bien reduciendo el número de días de trabajo a la semana.

Durante un ERTE de reducción de jornada los trabajadores afectados podrán cobrar la prestación de desempleo por la parte correspondiente de la jornada laboral que haya sido reducida.

Se encuentra recogido en el artículo 47.2 del Estatuto de los Trabajadores:

2. La jornada de trabajo podrá reducirse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con arreglo al procedimiento previsto en el apartado anterior. A estos efectos, se entenderá por reducción de jornada la disminución temporal de entre un diez y un setenta por ciento de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Durante el periodo de reducción de jornada no podrán realizarse horas extraordinarias salvo fuerza mayor.

ERTE de suspensión de contratos de trabajo

En un ERTE de suspensión, en lugar de ver la jornada de trabajo reducida, se verán suspendidos los contratos de trabajo de los trabajadores afectados durante un tiempo determinado.

A pesar de que el trabajador no podrá acudir a su puesto de trabajo y de que la empresa no pagará su salario, no se trata en ningún caso de un despido puesto que una vez que finalice la circunstancia que dio origen al ERTE el empleado se reincorporará a su puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenía anteriormente.

Durante el tiempo en el que los trabajadores afectados tengan suspendido su contrato estos cobrarán la prestación de desempleo.

Se encuentra regulado en el artículo 47.3 del Estatuto de los Trabajadores:

3. Igualmente, el contrato de trabajo podrá ser suspendido por causa derivada de fuerza mayor con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 51.7 y normas reglamentarias de desarrollo.

Requisitos legales que permiten la aplicación de un ERTE

Una empresa puede solicitar un ERTE cuando existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.

[…]

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.

Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

[…]

Artículo 47.1 del Estatuto de los Trabajadores

En todo caso, dichas causas estarán controladas por la Autoridad Laboral, que será la encargada de determinar si procede o no la aplicación del ERTE y de salvaguardar los derechos de los trabajadores.

 

VALTECSA realiza informes económico-financieros para la justificación de solicitudes de tramitación de ERTEs por razones económicas o productivas que acrediten la pérdida de actividad y el impacto en la cuenta de resultados de la empresa.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

  • Asesorías
  • Despachos de abogados
  • Departamentos Asesoría Legal de empresas.
  • Directores Financieros
  • Empresarios/Autónomos

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